Pregunta:
¿Es permitido tomar pastillas anticonceptivas? ¿De qué depende?
Respuesta:
“Fructificaos y multiplicaos, llenad la tierra y dominadla”. Esta es la primera mitzvá que Hashem le ordenó al hombre, y es extremadamente importante. Por medio de esta mitzvá, el hombre puede convertirse en un socio de Hashem, formando un ser humano y cumpliendo con el propósito de la creación, como dice el versículo: “Él la estableció y no la hizo un lugar desolado, sino que la formó para ser habitada”. El hombre tiene la obligación de casarse con una mujer para reproducirse, pues quien no se ocupa de esta obligación, se considera como si estuviera derramando sangre; es como si estuviera, de manera figurativa, disminuyendo la “imagen” de Hashem, y eso provoca que la presencia Divina se aleje de Israel. Por lo tanto, esta es una mitzvá muy grande; está prohibido vender un séfer Torá a menos que sea para cumplir una de las siguientes mitzvot: para poder mantener el estudio de la Torá o para ayudar a una persona a casarse.
Nuestros Sabios establecieron una medida mínima para el cumplimiento de esta mitzvá: un hijo y una hija. Aunque un hombre tenga muchos hijos o muchas hijas no cumple con esta mitzvá, a menos que tenga un hijo y una hija. Todo el tiempo que no lo consiga, debe tener relaciones maritales en los momentos obligatorios (según su oficio y sus fuerzas) hasta que logre cumplir con esta mitzvá.
Una persona que ya cumplió con la mitzvá de reproducirse, todavía tiene la mitzvá de tener más hijos, como dijeron nuestros Sabios: si tuvo hijos durante su juventud, debe tener hijos durante su vejez, como dice el versículo: “De mañana siembra tu semilla y a la tarde no des reposo a tu mano, porque no sabes si esto o aquello prosperará, o si ambas cosas serán igualmente buenas”.
Esta mitzvá de origen rabínico (la del inciso anterior) no obliga al hombre a tener relaciones maritales en todos los momentos en los que tiene la obligación de cumplir con su deber conyugal (en caso de que su esposa lo perdone); él sólo tiene la obligación de hacerlo en ocasiones poco frecuentes, siempre y cuando no deje de tener hijos por completo.
Si una persona que ya cumplió con la mitzvá de reproducirse quiere cumplir con la mitzvá del deber conyugal pero no quiere cumplir con la mitzvá de tener más hijos, o si una persona que todavía no ha cumplido la mitzvá de reproducirse quiere postergar un embarazo para que su esposa pueda recuperarse de un parto reciente, no debe decidir por sí mismo el uso de métodos anticonceptivos. Antes de tomar tal decisión debe consultar a un médico para que le indique si existe una necesidad médica para postergar un embarazo, y cuáles posibles métodos anticonceptivos puede ella tomar; después debe consultar con una autoridad rabínica si tiene permitido impedir un embarazo, y en caso afirmativo debe saber qué anticonceptivo puede utilizar, cómo utilizarlo, y por cuánto tiempo.
Una persona no debe dictaminarse a sí misma con respecto a estos asuntos, ni apoyarse en lo que algún rabino le haya dictaminado a la amiga de su esposa, ya que hay muchos detalles de por medio que varían dependiendo de cada mujer. Los métodos anticonceptivos que son muy buenos para una mujer pueden ser nocivos para otra; no todo lo que una mujer tiene permitido hacer, su amiga tiene permitido hacerlo. También el esposo corre el riesgo de estar desperdiciando su semen en vano, que es un pecado muy grave, a tal grado que la Guemará compara a un hombre que comete ese pecado con un asesino. La persona que se dictamina a sí misma con respecto a estos asuntos está llevando a cabo un terrible crimen. |