Pregunta: ¿
¿Si la persona que ofendí no me perdona está actuando correctamente? ¿Debo especificarle lo que le hice o basta con pedirle perdón de manera general?
Respuesta:
La persona a la que le piden disculpas debe perdonar de todo corazón y no debe ser cruel, ya que no es una cualidad del Pueblo de Israel guardarle rencor a los demás, sino que es de Esav, sobre quien fue dicho: “Y guardó su furia por siempre” (Amos 1:11). Y así está escrito con relación a los Guibonim, quienes no perdonaron a la familia del Rey Shaúl: “Y los Guibonim no forman parte del Pueblo de Israel” (Shemuel II 21:2). En cambio, sí son cualidades del Pueblo de Israel el enojarse con dificultad y el apaciguarse fácilmente. Y cuando el agresor se acerque a disculparse, hay que perdonarlo de todo corazón y con buena voluntad; y a pesar de que éste lo haya hecho sufrir mucho, no debe vengarse ni guardarle rencor; por el contrario, no sólo debe perdonarlo, sino que debe rezar por su bienestar (Rambam, Mishné Torá, leyes de arrepentimiento 2:10; Kaf Hajaím 606:27, 28 y 34; Mishná Berurá, ibíd., incisos 8 y 9).
La persona no está obligada a perdonar lo que le hizo un gentil.
Si alguien no quiere perdonar y lo hace por el bien del otro, aunque también lo esté haciendo por su propio bien, para no salir perjudicado por eso, tiene permitido hacerlo, pero en su corazón debe perdonar al otro y no debe quedar en él ningún rastro de odio (Ramá 606:1; Kaf Hajaím, ibíd., inciso 30; Mishná Berurá, ibíd., inciso 9). “Hacerlo por el bien del otro” significa no perdonarlo para que tome conciencia de la gravedad del perjuicio que causó.
“Dijo Rabí Yosi ben Durmaskit: “Ten esta señal en tu mano: siempre que tú te apiades de tu compañero, tendrás quien se apiade de ti; pero si no te apiadas de tu compañero, no tendrás quien se apiade de ti” (Tanjuma, Vayerá 30).
Aquel que no elimina el odio de su corazón en Yom Kipur, su rezo no es escuchado, Jas Veshalom (Kaf Hajaím, ibíd., inciso 14, en nombre de los mekubalim). Y todo aquel que deja pasar lo que le hacen, del Cielo dejan pasar sus pecados” (TB, Rosh Hashaná 17:1; Mishná Berurá, ibíd., inciso 8, y agregó que si alguien se rehúsa a perdonar, a él tampoco lo perdonarán).
El que difama: Quien difama a su compañero no será perdonado eternamente. Y el difamado no está obligado a perdonarlo, pues hay quienes escucharon la difamación pero no escucharon el apaciguamiento. Sin embargo, el perjudicado no debe ser cruel sino que debe perdonar, pues la cualidad de la humildad incluye el perdonar también en caso de difamación (Ramá 606:1; Maguén Abraham, ibíd., inciso 5; véase Kaf Hajaím, ibíd., incisos 31 y 32; Mishná Berurá inciso 1).
El que difama a su compañero tiene que ir a disculparse con él muchas veces hasta que lo apacigüe (Véase Kaf Hajaím, ibíd., inciso 33).
Pedir perdón de manera general: Se acostumbra que en la noche de Yom Kipur el oficiante del rezo anuncie que todas las personas deben perdonar a sus compañeros, y cada integrante de la congregación debe decir: “perdonamos”. De esta manera cada persona despierta una gran defensa hacia sí misma, por haber perdonado a su compañero aunque él no haya ido a disculparse, y con mayor razón, Hashem nos perdonará, dado que nosotros le suplicamos y le rogamos que lo haga (Véase Ben Ish Jai, ibíd., inciso 5).
Especificar el pecado: Cuando una persona le pida perdón a su prójimo por haberle causado algún perjuicio debe especificarle la razón por la cual se está disculpando; si eso va a provocar que su prójimo se avergüence, si le da vergüenza especificar lo que hizo, o si eso va a provocar que su prójimo descubra cosas que no sabía y se va a enojar por ello, no debe especificarlo (Kaf Hajaím, Ibíd., inciso 6; Birké Yosef, Ídem.; Mishná Berurá, inciso 3).