Pregunta:
En el caso que el padre de la familia sefaradí tenga que ir a una cita de negocios en otra ciudad durante janucá, y su esposa sea la que va a encender las velas mientras está sola en casa con los niños, ¿el padre debe también encender en el hotel donde se está quedando? ¿Si sí, prende con berajá o sin berajá?
Respuesta:
En principio, la obligación de encender las velas de Janucá es en la casa donde se habita de manera fija; aunque se pueden encender las velas en un auto que está viajando, en un barco, en un avión o algo por el estilo, para publicar el milagro en todo lugar, no se cumple con la mitzvá encendiendo en estos lugares, y no se debe bendecir por ese encendido, ya que tales lugares no se consideran una vivienda fija (véase Mikraé Kodesh 18 y Rashi en el Tratado de Shabat 23a, divur hamatjil ‘Haroé’). Se debe tener cuidado de no provocar un incendio en estos lugares, y, por lo tanto, en lugar de las velas se pueden utilizar luces eléctricas.
Es adecuado que la persona casada que sale de viaje en Janucá, le indique a su esposa o a sus hijos que enciendan las velas por media hora, que bendigan por ellas a la hora de la salida de las estrellas, y que tengan en mente la intención de incluirlo en el encendido para que él también cumpla con su obligación apoyándose en ellos; de todas maneras, cuando él llegue al lugar donde se va a hospedar, debe encender las velas sin bendecir, y, en caso de que le sea posible, debe intentar embellecer la mitzvá y escuchar las bendiciones de alguien que esté obligado a encenderlas en ese lugar, debe responder amén a sus bendiciones y luego encender sus propias velas (Kaf Hajaím 676:25).
Las mujeres y las velas de Janucá: Las mujeres también están obligadas a cumplir con la mitzvá de encender las velas de Janucá; cuando su esposo se encuentra en la casa, ella cumple con su obligación a través del encendido de su esposo, pero él debe tener en mente la intención de incluirla y ella tiene que tener en mente la intención de cumplir mediante ese encendido. Por lo tanto, es bueno que se ubique al lado de su esposo cuando él las encienda.
Si el esposo no se encuentra en casa, ella debe encender y bendecir por sí misma. Si ella no sabe bendecir, otro hombre, mayor de 13 años y un día, puede bendecir por ella, aunque él ya haya encendido en su propia casa, y luego ella o el mismo hombre que bendijo pueden encender.
Una persona que en la primera noche de Janucá se encuentra en un lugar donde está completamente exento de encender las velas, por ejemplo, en un avión, puede bendecir “shehejeyanu” en la segunda noche, a pesar de que su esposa las haya encendido y haya dicho las bendiciones correspondientes en la primera noche (Ajaronim).
El precepto de las velas de Janucá es para el “hombre y su casa”, es decir, el hombre y su esposa. Por lo tanto, la mujer no enciende una vela por sí misma, sino que cumple con su obligación a través del encendido que hace su esposo. Por lo tanto, es bueno que la esposa y los hijos se ubiquen junto al esposo en el momento de las bendiciones y del encendido.
Hay una ley especial en Janucá que dice que una persona que no ha encendido y que no va a encender las velas esa noche, y que tampoco van a encenderlas por él en su casa, debe bendecir al ver unas velas de Janucá encendidas. No obstante, la bendición que hace no es la de “lehadlik” (encender), ya que él no las enciende, sino tan sólo debe decir la de “sheasá nisim”. Y si esto ocurre en la primera noche, también debe bendecir “shehejeyanu” (Shulján Aruj 677:3; véase Kaf Hajaím inciso 14; Mishná Berurá, ibíd., inciso 3 y Shaaré Tziun).
El que mira las velas en la segunda noche, no debe bendecir “shehejeyanu”, a pesar de que no lo haya hecho en la primera. Hay quienes opinan que en ese caso sí puede bendecir “shehejeyanu”, de la misma forma que lo hace quien no bendijo en la primera noche por sus propias velas, y puede hacerlo en la segunda (véase Mishná Berurá 677:2; Kaf Hajaím, incisos 16-17).
¿Puede una persona tener la intención de no cumplir con su obligación a través del encendido de su esposa o de su padre? El Bet Yosef opina que no es posible hacerlo, pero el Ramá lo permite. Por lo tanto, los ashkenazim pueden tener la intención de no cumplir con su obligación con el encendido de velas de su casa y pueden bendecir al mirar otras velas, pero los sefaradím no pueden hacer eso (los Ajaronim escribieron que, ya que hay una diferencia de opiniones al respecto, es preferible escuchar las bendiciones de otra persona y no bendecir por sí mismo; véase Mishná Berurá 677:16).
No se debe bendecir por una janukiá con velas eléctricas, y al encenderla no se cumple la mitzvá (Kaf Hajaím 673:19). De todas maneras, para publicar el milagro, hay una mitzvá de encender una janukiá con velas eléctricas en los lugares públicos, pero sin bendecir por ella (Ajaronim). |