Pregunta:Tengo que viajar y llego a mi casa el segundo día de Januka. ¿Qué debo hacer el primer día del encendido? ¿Puedo prender velas eléctricas en el avión? Respuesta: Establecieron los Sabios de aquella generación que estos ocho días, que comienzan a partir del 25 de Kislev, son días de alegría y de alabanza, en los que se encienden velas en las puertas de las casas en cada una de las ocho noches, para mostrar y revelar el milagro. Estos son los días llamados Janucá, y está prohibido hacer elogios fúnebres en ellos, o ayunar, tal como está prohibido hacerlo en Purim. El encendido de las velas es un precepto de origen rabínico, al igual que la lectura de la meguilá que se hace en Purim (Rambam, halajot de Janucá 3:3). Lo principal del encendido es la publicación del milagro, dado que el fuego es algo que se alcanza a ver a distancia. En caso de que sea la esposa la que enciende las velas en la primera noche de Janucá, si tuvo la intención de que su esposo cumpliera también con su obligación por medio de ese encendido, y si bendijo “shehejeyanu”, cuando él encienda las velas en la segunda noche no puede bendecir “shehejeyanu”, a pesar de que él mismo no haya dicho esta bendición por las velas ese año (véase Mishná Berurá 677:7). Una persona que en la primera noche de Janucá se encuentra en un lugar donde está completamente exento de encender las velas, por ejemplo, en un avión, puede bendecir “shehejeyanu” en la segunda noche, a pesar de que su esposa las haya encendido y haya dicho las bendiciones correspondientes en la primera noche (Ajaronim). El precepto de las velas de Janucá es para el “hombre y su casa”, es decir, el hombre y su esposa. Por lo tanto, la mujer no enciende una vela por sí misma, sino que cumple con su obligación a través del encendido que hace su esposo. Por lo tanto, es bueno que la esposa y los hijos se ubiquen junto al esposo en el momento de las bendiciones y del encendido de todas las velas (Ben Ish Jai, Vayeshev 1). En principio, la obligación de encender las velas de Janucá es en la casa donde se habita de manera fija; aunque se pueden encender las velas en un auto que está viajando, en un barco, en un avión o algo por el estilo, para publicar el milagro en todo lugar, no se cumple con la mitzvá encendiendo en estos lugares, y no se debe bendecir por ese encendido, ya que tales lugares no se consideran una vivienda fija (véase Mikraé Kodesh 18 y Rashi en el Tratado de Shabat 23a, divur hamatjil ‘Haroé’). Se debe tener cuidado de no provocar un incendio en estos lugares, y, por lo tanto, en lugar de las velas se pueden utilizar luces eléctricas. No se debe bendecir por una janukiá con velas eléctricas, y al encenderla no se cumple la mitzvá (Kaf Hajaím 673:19). De todas maneras, para publicar el milagro, hay una mitzvá de encender una janukiá con velas eléctricas en los lugares públicos, pero sin bendecir por ella (Ajaronim). En conclusión: Es adecuado que la persona casada que sale de viaje en Janucá, le indique a su esposa o a sus hijos que enciendan las velas por media hora, que bendigan por ellas a la hora de la salida de las estrellas, y que tengan en mente la intención de incluirlo en el encendido para que él también cumpla con su obligación apoyándose en ellos; de todas maneras, cuando él llegue al lugar donde se va a hospedar, debe encender las velas sin bendecir, y, en caso de que le sea posible, debe intentar embellecer la mitzvá y escuchar las bendiciones de alguien que esté obligado a encenderlas en ese lugar, debe responder amén a sus bendiciones y luego encender sus propias velas (Kaf Hajaím 676:25). |
Januká
Leave a Reply