«Pregunta: ¿En qué casos es bueno hacer ayunos particulares? ¿Cómo se recibe el ayuno?
Respuesta: Así como es una mitzvá que la congregación establezca ayunos y rece por cualquier calamidad (Hashem nos guarde), también es una mitzvá que un individuo ayune y rece cuando se encuentre en una situación de sufrimiento, como cuando tiene un enfermo en su casa, está perdido en el camino o está en la cárcel por una razón injusta. Estas personas deben rezarle a Hashem y suplicarle que los salve de esa situación. Este es uno de los caminos de la teshuvá (arrepentimiento), y la persona no debe pensar, jas veshalom, que el sufrimiento es una mera casualidad, tal como dice el versículo: “Y se comportan casualmente conmigo (dirán que el sufrimiento les llego por casualidad), entonces Yo me comportaré hacia ustedes con furia fortuita y los castigaré” (Vaikrá 26:27-28). La persona debe saber que Hashem le manda el sufrimiento por causa de sus pecados; debe revisar sus actos y retornar a Hashem para que se apiade de él (Shulján Aruj 578, Kaf Hajaím, ibíd., inciso 1; Mishná Berurá, inciso 1).
A pesar de que eso es lo que debe pensar la persona cuando se encuentra en una situación difícil, cuando a su prójimo le ocurre algo negativo no debe decirle eso. Así se estableció la halajá en el Shulján Aruj: “Así como está prohibido ultrajar al compañero en lo que respecta a los negocios, de la misma forma está prohibido afligirlo verbalmente. Y es más grave el ultraje verbal, ya que si alguien ultraja a su compañero, estando en su propiedad, siempre tiene la posibilidad de devolverle su pérdida; y si lo agrede físicamente, puede curarle su herida; pero cuando una persona clama a Hashem porque alguien lo insultó, sus plegarias son recibidas de inmediato. ¿Qué significa ultrajar verbalmente? Si a su amigo le llegan sufrimientos, no debe decirle como le dijeron sus amigos a Iyov, cuando estaba inmerso en sufrimiento (Iyov 4:6-7): “¡Recapacita ahora! ¿qué inocente se ha perdido?”, o cualquier cosa similar (véase Shulján Aruj, Joshen Mishpat 228:1-4).
La aceptación del ayuno: Un individuo que quiere hacer un día de ayuno, el día anterior, durante el rezo de minjá, se compromete a ayunar. Y a pesar de que asuma el ayuno en el rezo de minjá del día anterior, puede seguir comiendo hasta el alba del día siguiente (Shulján Aruj 562:6; Ramá ibíd. inciso 8).
¿Cómo se asume el ayuno? Durante el rezo de la amidá, ya sea en medio de la bendición de “shomea tefilá” o antes de decir “osé Shalom” debe decir lo siguiente: “Mañana será para mí un día de ayuno particular. Que sea Tu voluntad que mi plegaria sea recibida el día de mi ayuno”. Según la opinión del Ramá, es mejor decir esta frase antes de “osé Shalom”, al final de la amidá. Hay quienes dicen una versión distinta de esta plegaria, tal como aparece en los libros de rezo.
En los ayunos que por costumbre se realizan después de las festividades, los días lunes, jueves y lunes, la persona puede asumir los ayunos contestando amén al “mí sheberaj” que recita quien dirige el rezo después de la lectura de la Torá en el Shabat previo a los ayunos, a pesar de que tales ayunos no sean consecutivos. Sin embargo, es mejor asumir cada ayuno en el rezo de minjá del día anterior al ayuno, ya que el contestar amén no se considera una promesa (Kaf Hajaím 562:60, 61; Mishná Berurá, inciso 39; Shaaré tziun, ibíd., inciso 13).
La persona que acostumbra ayunar en los diez días de arrepentimiento (aseret yemé teshuvá), en la víspera de Rosh Jodesh o en la víspera de Rosh Hashaná, no necesita hacer algo especial para asumir dichos ayunos, porque que se trata de una costumbre (Kaf Hajaím, ibíd., inciso 21).
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