Pregunta: ¿Qué pasa si una persona decidió ayunar y lo invitan ese día a un brit milá? ¿Y si es el yortzait de su padre y suele ayunar este día, está obligado a hacerlo todos los años? ¿Qué otras leyes debo saber con respecto a estos ayunos?
Respuesta: Si se presenta la ocasión de comer en un banquete por motivo de mitzvá, se interrumpe el ayuno por completo y se puede comer incluso después del banquete en otro lugar; pero antes del banquete está prohibido comer. Sólo el padre, la madre, el sandak y el mohel pueden comer en el día del brit milá antes del banquete, ya que para ellos se considera Yom Tov (véase Mishná Berurá 568:18; Kaf Hajaím, inciso 43).
Con respecto al ayuno en el día de aniversario por el fallecimiento de un padre o de una madre (yortzait), se debe establecer una condición antes de la primera vez que lo haga, para que si llega a caer en la víspera de Shabat, la persona sólo ayune hasta después del rezo de arvit, y puede rezar arvit temprano y comer, para no entrar a Shabat en ayunas.
Si estableció esta condición, pero en una única oportunidad ayunó en la víspera de Shabat hasta la salida de las estrellas, demostró que eso fue lo que asumió, y aunque después de varios años caiga el día del aniversario el viernes, debe ayunar hasta la noche, pues en ese momento ya no le sirve la condición que había establecido anteriormente (Ramá y Nekudat Hakesef 249:4).
Si alguien no estableció esta condición y nunca ha caído la fecha del aniversario en viernes, hay quienes sostienen (Rashal, en Teshuvá, cap. 9) que tiene que ayunar hasta la salida de las estrellas incluso en viernes. Pero hay quienes opinan (Taz 249:3) que mientras no haya ayunado en viernes hasta la salida de las estrellas, no se considera que asumió hacerlo de esta forma, y todavía puede establecer una condición al respecto (véase Mishná Berurá, ibíd., inciso 22; Kaf Hajaím, inciso 29. De acuerdo con su opinión, la persona se puede apoyar en lo que dice el Taz en caso de necesidad).
Alguien que acostumbra ayunar en el aniversario del fallecimiento de un padre o una madre puede hacerlo, aunque no se haya comprometido explícitamente a hacerlo.
De las leyes de un ayuno particular: Toda persona que está en ayuno no debe tener placeres, no debe ser trivial ni estar contento y con buen corazón, como está escrito en Eijá 3:39: ¿Cómo podemos quejarnos, si sufrimos por nuestros pecados? (Shulján Aruj 568:12)
En un ayuno particular está permitido lavarse la boca con agua en la mañana (véase Shulján Aruj 567:3).
Recato con respecto al ayuno: La persona que ayuna y publica su ayuno por jactancia es castigada por ello. Pero si a alguien le insisten que coma cuando está ayunando, tiene permitido decirles que está ayunando (Shulján Aruj 565:6; Kaf Hajaím, inciso 36; Mishná Berurá, inciso 14).
Escribió la Mishná Berurá (inciso 14): Hay una mitzvá de anunciar cuando uno está ayunando y se trata de un ayuno público, si le parece que hay que fortalecer el asunto de los ayunos para que la gente aprenda a cumplirlos, y no, jas veshalom, para vanagloriarse. Si alguien tiene que comer en un día de ayuno por motivos de salud, no debe publicar que comió (Kaf Hajaím, inciso 34).
Anenu en un ayuno particular: Incluso alguien que ayuna de manera particular, tanto por una promesa como por un mal sueño, debe agregar en el rezo de minjá el párrafo de anenu, en la bendición de “shemá kolenu”, tal como se hace en un ayuno público. Y aunque sea él solo que está ayunando, debe decirlo como está escrito en el sidur, es decir, en plural, pues no se debe alterar el texto que instituyeron nuestros Sabios (Ramá 562:2; véase Ramá 565; Maguén Abraham y Taz, ibíd., inciso 1).
Todo ayuno que debe ser asumido desde el día anterior, si no se asume, según la opinión del Shulján Aruj, no se puede agregar el párrafo de anenu en el rezo, aunque esté ayunando: no obstante, de acuerdo con el Ramá, sí se puede (562:5).
Si alguien come por error: Si alguien come sin aprobación en un ayuno, ya sea que lo haya hecho sin querer o deliberadamente, debe seguir ayunando hasta el final del día (Shulján Aruj 568:1), y debe consultar con una autoridad rabínica cuántos ayunos debe hacer para compensar lo que arruinó. Si ayunó porque prometió hacerlo, con más razón debe cumplir su promesa posteriormente.
Si alguien comió un kezait de alimentos o bebió un reviit, no debe decir anenu en el rezo de un ayuno particular.
Si ya pasó el sufrimiento: Una persona que decidió ayunar por causa de un sufrimiento y pasa el sufrimiento, o si ayuna por un enfermo y éste se cura o, jas veshalom, se muere, debe completar todos los ayunos a los que se comprometió (Shulján Aruj 569:1). Asimismo, si alguien se comprometió a hacer un ayuno u otra mitzvá hasta que su hijo cumpliera bar mitzvá y, jas veshalom, su hijo falleció antes, tiene que cumplir su promesa hasta el momento en el que su hijo habría llegado a la edad de bar mitzvá (véase Ramá, Yoré Deá 220:50).
Si se entera de que antes de que hubiera asumido el ayuno ya había pasado el motivo del sufrimiento, en dado caso se considera que lo asumió por error, y no tiene que ayunar (569:1,2).
Si alguien se comprometió a ayunar con una condición, por ejemplo, si dijo: “Si este enfermo se cura, ayunaré 10 días” o algo por el estilo, y el enfermo se muere, jas veshalom, no está obligado a ayunar (véase Shulján Aruj 569:1; Kaf Hajaím, ibíd. 1; Yoré Deá 220:15).